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Código Civil Artículo 3.38 ter Estado de México


Código Civil México
Artículo 3.38 ter. Integración del Consejo Dictaminador

El Consejo Dictaminador será un órgano colegiado que se conformará con la única finalidad de resolver sobre las solicitudes de cambio de sustantivo propio que mediante solicitud expresa se haya formulado en términos del presente Código y demás disposiciones aplicables y estará integrado por las o los titulares de:

I.La Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, quien lo presidirá.

II.La Dirección General del Registro Civil con el carácter de Secretaría Técnica.

Y como Vocales:

III.El Poder Judicial del Estado de México;

IV.La Universidad Autónoma del Estado de México;

V.El Colegio de Notarios del Estado de México;

VI.El Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México;

VII.La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.

VIII.Derogada.

Cada integrante designará a su respectivo suplente.



Estado de México Artículo 3.38 ter Código Civil
Artículo 1.1 ...3.38 3.38 bis 3.38 ter 3.39 3.40 ...8.76
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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